Blogia

ECONOMIA Y VARIOS-RECOPILACIÓN

A los financieros les preocupa Brasil

A los financieros les preocupa Brasil
'Brasil es un perro', dicen banqueros sinarquistas

por Gretchen Small
Luiz Inácio Lula da Silva, el Presidente del Brasil, no quiere firmar un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional cuando venza el vigente a fines de este año, pero Brasil tendrá que hacerlo porque necesita otros treinta y tres mil millones de dólares en financiamiento extranjero para cumplir con los pagos de deuda que vencen en diciembre, según dijo el 8 de junio en Londres Roger Scher, jefe de Clasificaciones Soberanas de Latinoamérica de la agencia británica de clasificación de riesgos Fitch.

'Si decimos que es perro es perro'
Si Brasil decide no continuar bajo los dictados del FMI no obtendrá ese dinero. "Brasil todavía es prisionero del sentir del mercado. Si el mercado dice que Brasil es un perro, entonces Brasil es un perro", dijo el soberbio Scher.

Por tanto, el Gobierno de Lula debe anunciar de inmediato que negociará un nuevo acuerdo con el FMI. "Esto nos haría sentirnos más cómodos", dijo Scher. La misma mentalidad de "hombre–bestia" sinarquista se ve en las guerras que los angloamericanos libran en lugares como Afganistán e Iraq. El general Geoffrey Miller "me dijo que los presos son como perros, y que si les permites en cualquier momento creer que son más que un perro, entonces pierdes el control sobre ellos", dijo la general Janice Karpinski, ex comandante encargada de la prisión de Abu Graib en Iraq, en referencia a su sucesor, Miller, quien antes había estado a cargo de los prisioneros de EU en la base naval de Guantánamo, Cuba.

Cada vez más dispuesto a ladrar, si eso hace "sentir más cómodos a los mercados", el ministro de Hacienda Antonio Palocci, un ex militante trotskista ahora metido a hincha de Wall Street, aseguró que el Gobierno todavía no ha decidido si cancelar o no el acuerdo con el FMI.

Si alguien sabe del "sentir del mercado", ese es Scher. Fitch, junto con Moody's y Standard & Poors, emiten las calificaciones de crédito de los gobiernos y compañías, mismas que determinan si su deuda debe comprarse o venderse, y a qué precio. Cuando los grandes financieros quieren manipular el mercado, recurren a gente como Scher.

A los financieros les preocupa Brasil, el deudor más grande en el sector en vías de desarrollo, con una deuda gubernamental —federal, estatal y municipal— de más de 300 mil millones de dólares, encima de otros 200 mil millones en deuda empresarial y en inversiones extranjeras en la bolsa, que podrían retirarse en cualquier momento. Eso no es nada en comparación con el total de la deuda privada y pública de Estados Unidos, el deudor más grande del mundo. Pero, de Brasil decidir dejar de matar a su gente y canibalizar su economía para pagar la deuda, la moratoria resultante en los 500 mil millones de dólares en obligaciones extranjeras, todavía pudiera hacer volar al sistema financiero internacional.

El principal mecanismo que emplea el FMI para asegurar que Brasil le dé prioridad al pago de la deuda por encima de todas las cosas, es el superávit primario, que se calcula tomando todos los ingresos del gobierno menos todos los gastos, exceptuando el servicio a la deuda. Este "superávit" se destina exclusivamente a pagar la deuda. El FMI requiere que Brasil mantenga un superávit primario equivalente al 4,25% del PIB; en abril el superávit primario alcanzó la cifra sin precedentes de 3,8 mil millones de dólares, ¡extraídos de la economía en un mes para el pago de deuda!

Folha de São Paulo, uno de los principales periódicos del país, le explicó a sus lectores el 28 de mayo que el superávit primario de abril, "a pesar de ser un buen indicador fiscal y una noticia para que la festeje el mercado financiero. . . contribuyó a mantener la economía estancada". Ello, "porque el dinero recabado de impuestos que fue economizado para el pago de los intereses está dejando de ser invertido en obras públicas o en proyectos sociales, que podrían ayudar a reactivar la economía o a generar empleos".

Lo que desespera a los funcionarios brasileños en sus cabales es que, pese a todos los recortes que han hecho en los gastos necesarios vitales, no hay cómo escapar de la deuda por ese camino. El Gobierno pagó más de 13,7 mil millones de dólares en intereses en los primeros cuatro meses de 2004 usando tales superávit, lo que equivale al 8,08% del PIB, ¡y aun así la deuda brasileña siguió creciendo!

Dónde invertir cuando los tipos de interés suben

Tipos de interés
Dónde invertir cuando los tipos de interés suben


P. Colino / E. J. Vallejo (03-07-2004) Publicado en: 5 D - Para invertir

Las viejas reglas de la economía y los mercados dictan que, cuando los tipos de interés suben, la Bolsa baja. Sin embargo, analistas y agentes económicos comparten la sensación de que con la reciente decisión de la Reserva Federal de poner fin al ciclo monetario bajista iniciado hace cuatro años y subir un cuartillo el tipo de interés, al 1,25%, las Bolsas adquirirán un tono más positivo del que mantenían hasta el momento.
Las viejas reglas de la economía y los mercados dictan que, cuando los tipos de interés suben, la Bolsa baja. Sin embargo, analistas y agentes económicos comparten la sensación de que con la reciente decisión de la Reserva Federal de poner fin al ciclo monetario bajista iniciado hace cuatro años y subir un cuartillo el tipo de interés, al 1,25%, las Bolsas adquirirán un tono más positivo del que mantenían hasta el momento. Y eso será así, sobre todo, porque la decisión estaba más que descontada y la factura que pueda pasar ya se la ha cobrado en los últimos meses, en los que los mercados han vivido una trayectoria muy incierta, marcada por la volatilidad y la falta de empuje.

La premeditada previsibilidad de Alan Greenspan, que se ha ajustado al guión tanto en la cuantía de la subida como en el discurso en el que constata que el cambio de marcha de la política monetaria será 'gradual', ha permitido a los mercados anticiparse a sus decisiones y ha dado tiempo a algunas empresas para sanearse y protegerse del previsible encarecimiento de la financiación.

Así que, en principio, cabe esperar que los mercados se tomen la subida como una muestra de confianza en que la economía se ha recuperado, sin riesgos excesivos de inflación, un escenario positivo para la inversión. Un analista de JP Morgan Fleming utiliza la metáfora del 'conejo deslumbrado' para describir la situación de los activos financieros en un momento como el actual, en el que se consolida al mismo tiempo la recuperación y se inicia el ciclo alcista de tipos. 'En estas situaciones -explica- los activos financieros se quedan como los conejos deslumbrados por los faros de un coche, no saben qué camino tomar y se quedan quietos'.

Pero con la decisión sobre la mesa parece iniciarse un rumbo más claro. 'El mensaje de recuperación compensará el efecto de la subida de tipos en un entorno en el que prima más que nada la fortaleza de la economía', asegura Jesús Sánchez Quiñones, de Renta 4. 'No va a haber efecto negativo sobre la renta variable. No podemos perder de vista que los tipos suben porque se afianza la recuperación. El atractivo de la Bolsa es incluso mayor', subraya Mercedes Camacho, de Safei.

Un informe de Ahorro Corporación insiste en la idea de que bajo determinadas circunstancias 'las subidas de tipos no siempre traen consigo un mal comportamiento bursátil' y que incluso pueden ser beneficiosas, sobre todo cuando se producen desde niveles muy bajos como los actuales. El análisis precisa que 'existe una relación no lineal entre tipos de interés y prima de riesgo bursátil' y que 'es a partir del segundo mes cuando las Bolsas comienzan a reflejar las bondades del descenso', por lo que recomienda la renta variable 'con mayor énfasis en las Bolsas europeas'.

En general, los expertos coinciden en que la Fed tendrá mucho cuidado en 'no pasarse de largo, porque prefiere que se vaya un poco la inflación a que se tuerza la mejora económica', según Antonio Villarroya, de Merrill Lynch. En su opinión, 'subirá como media un cuartillo en próximas reuniones de aquí a fin de año sin que sea necesario parar en el proceso electoral'. Otros expertos, sin embargo, creen que no habrá más alzas antes de las elecciones de noviembre, sino inmediatamente después.

Una subida pausada está, en todo caso, supeditada a otros condicionantes. El primero es que la inflación no fuerce a la Fed a ir más deprisa de lo que los mercados financieros desean. Firmas como Morgan Stanley, Goldman Sachs o Merrill Lynch, entre otras, afirman que con el alza de esta semana los tipos inician una carrera alcista que no terminará hasta fin de año, cuando pueden estar entre el 2,5% y el 3%, en todo caso aún lejos del 6,5% en que empezaron los descensos en 2001. Un endurecimiento mayor variaría radicalmente el panorama.

Además, ahora que la senda de los tipos está marcada y con ello, despejadas ciertas incertidumbres macroeconómicas, los beneficios de las compañías recuperan el protagonismo perdido en los últimos meses como factor determinante de la dirección de las Bolsas. 'Ahora será más fácil que los resultados de las compañías se relacionen de forma más directa con la valoración de sus acciones', asegura el analista de Renta 4.

Se frena el consumo

El segundo condicionante de que mejoren las valoraciones de los títulos es, por tanto, que los beneficios empresariales sigan arrojando buenas noticias, a pesar de que ahora tienen en contra el aumento de los costes financieros y cabe esperar un freno de la demanda de los consumidores. 'Aún no están muy claras cuáles van a ser las fuentes de crecimiento en la economía norteamericana. Hay más empleo, pero se agotan los estímulos fiscales y monetarios', explica Villarroya. No se acaban, por tanto, las incertidumbres. La semana que viene será buena para comprobar por dónde van muchas compañías norteamericanas, las primeras en presentar resultados.

El hecho es que la decisión de la Fed no cambia excesivamente el panorama para el inversor siempre y cuando los riesgos de la inflación sigan controlados, las subidas no sean más intensas de lo previsto y se confirme la solidez económica. Analistas y bancos de inversión mantienen su apuesta por la renta variable, mientras persisten los temores sobre la renta fija a largo plazo (la rentabilidad de los bonos va en sentido inverso al precio del título), que seguirá infraponderada en muchas carteras.

No obstante, conviene tener claro que no todos los sectores ni todas las compañías son igual de vulnerables al cambio de ciclo monetario y conviene ser selectivos. En líneas generales, hay que buscar compañías con poca deuda y balances saneados, más inmunes al encarecimiento de la financiación, y valores más vinculados al ciclo económico.

Plazos cortos para disminuir el riesgo

Malos tiempos para la renta fija. La teoría dice que cuando los tipos suben baja el atractivo de las acciones y aumenta el de los bonos. Pero dicho así resulta una verdad a medias. El inversor tiene que tener muy claro que la renta fija sólo es fija a vencimiento. Si lo que se quiere es vender antes de que el activo venza, la rentabilidad va siempre en sentido inverso al precio del título.

Así, el riesgo asociado a la renta fija está muy ligado a la variación de los tipos y se ve aumentado por el plazo de la inversión. El riesgo es mayor cuanto mayor sea el vencimiento de la operación, y a la inversa, menor riesgo cuanto menor sea el plazo.

Con estas premisas, los analistas tienen una visión bastante negativa sobre el futuro del mercado de bonos, sobre todo, a largo plazo. En todo caso, se inclinan por plazos cortos, como mucho de hasta dos años.

'Por el momento preferimos los plazos de hasta seis meses, ya que aún es pronto para arañar atractivas rentabilidades', señala Delfina Pérez, jefa de análisis de Banif. 'Pero a medida que se confirmen las subidas de tipos de interés, la rentabilidad de los bonos será más atractiva', añade. El inversor estará, lógicamente, más dispuesto a pagar más por un título que le ofrece mayores posibilidades de ganancias seguras.

A juicio de esta experta, niveles del 2% en los tipos oficiales de EE UU podrían llevar el bono estadounidense a 10 años hasta el 5%-5,25%, el nivel que podría servir ya como una buena señal para de entrada nuevamente en la renta fija.

En todo caso, mientras no se confirme que los riesgos de inflación están controlados y se descarte que la Fed inicie una política más agresiva, la indefinición seguirá dominando el mercado de bonos, pendiente también de cómo vaya a evolucionar el dólar.

En lo que respecta a la renta fija privada, las opiniones no son muy diferentes. 'Los bonos de empresa con plazos de hasta dos años no tendrían que dar muchos sustos. No pensamos lo mismo en plazos más largos, que para ser atractivos deberían presentar unos diferenciales respecto a los tipos de interés superiores', explica Anna Maymús, de Sabadell Banca Privada. Esta analista desaconseja especialmente los títulos del sector de automóvil debido a los problemas de balance que están presentando muchas empresas.

Dentro de la renta fija privada hay alternativas pensadas para el cortísimo plazo, como los pagarés de empresa que todavía permiten arañar rentabilidades a las letras del Tesoro, aunque su compra tiene alguna que otra cortapisa fiscal.

Los analistas tienen una visión negativa sobre el futuro del mercado de bonos

Valores baratos de empresas con poca deuda

En tiempos de cambio conviene ser más selectivo a la hora de decidir dónde colocar el dinero. En principio, son los activos de renta variable los que ofrecen mayor potencial de revalorización, pero no todos los sectores ni todas las compañías se ven igual de afectadas por una subida de tipos. 'Las empresas más endeudadas a tipo variable sufrirán más, pero lo cierto es que se parte de una situación excepcionalmente favorable', recuerda Sánchez Quiñones, de Renta 4.

Tradicionalmente, los sectores más apalancados como las eléctricas, las autopistas, los valores industriales, las constructoras y las inmobiliarias -en España además coincide una ralentización del negocio de la vivienda- y algunas compañías de telecomunicaciones son los más perjudicados por las subidas de los tipos de interés, mientras que la distribución y los bancos se encuentran entre los más favorecidos, ya que tienen la posibilidad de mejorar sus márgenes.

Para Merrill Lynch, los semiconductores, los sectores de minería, electrónica y computadoras son las que tradicionalmente mejor se comportan después de las subidas de tipos de la Fed, mientras que son sectores de consumo como el ocio, la construcción, el textil o el de los seguros los que más sufren.

Esta situación, sin embargo, incorpora múltiples matices, a juzgar por las opiniones encontradas de las distintas casas de análisis. Al menos en Europa.

'El mercado está más por la selección de valores', sostiene Rodrigo Piñeiro, de Espírito Santo. 'Apostamos por la Bolsa europea, que está más barata, antes que la estadounidense, donde el crecimiento de beneficios no será tan fuerte como se espera', añade.

Una opinión similar mantiene Anna Maymús, de Sabadell Banca Privada, quien reconoce, además, que una subida de 0,25 puntos no tiene un gran impacto sectorial. No obstante, y dado que esperan correcciones en los mercados estadounidenses -'aunque a corto plazo podemos volver a ver los máximos de marzo'-, recomienda empezar a tomar posiciones en sectores defensivos como el consumo, la farmacia y algunas eléctricas. Los bancos de inversión recomiendan también la compra de acciones de compañías con recorrido al alza y elevada rentabilidad por dividendo.

Una rotación de valores cíclicos a defensivos, por la infravaloración que presentan, es también el consejo de Delfina Pérez, jefa de análisis de Banif. 'Con el precio del dinero más caro conviene ser muy selectivo y apostar por las opciones más baratas del mercado'. Valores como Telefónica, Endesa y Repsol son algunas de las apuestas de esta experta. Red Eléctrica, Mapfre, Abengoa y Ferrovial son otras de las favoritas.

Y es que no sólo la rapidez y cuantía de la subida de los tipos preocupa a los expertos. Los resultados empresariales de los próximos trimestres es otro foco de atención para las casas de análisis. En Banif estiman que aunque esperan un crecimiento del beneficios por acción (BPA) del 20,8% en los resultados empresariales del S&P 500, 'el riesgo está en las decepciones', explican.

Afinar el tiro a la hora de invertir es la premisa principal en momentos como el actual en el que las casas de análisis no las tienen todas consigo a la hora de afirmar que la recuperación se ha afianzado. La cautela se impone cuando algunos expertos como Piñeiro, de Espírito Santo, y Arlo Carrió, de Sabadell Banca Privada, sostienen que la recuperación no es tan sólida como se podía pensar.

Fruto de ello es que ambos expertos estiman que las subidas de tipos no serán tan agresivas como una parte del mercado espera. 'La recuperación económica no es tan fuerte como se creía, por lo que no habrá subidas tan rápidas, algo que por otra parte, favorecerá a las Bolsas', señala Piñeiro.

Los expertos recomiendan ser muy selectivos en la elección de los títulos

Fuerzas contradictorias en el dólar

La subida de tipos EE UU puede facilitar cierto reequilibrio macroeconómico en la zona euro si se cumple el vaticinio de quienes anticipan una apreciación del dólar. Pero en el mercado de divisas no existen verdades absolutas y, aunque los diferenciales importan, no siempre son determinantes. En principio, la revalorización del billete verde aliviará al euro y ayudará al crecimiento de las economías europeas, como la alemana, que más dependen del exterior. Sin embargo, las fuerzas contradictorias de la economía norteamericana, que sufre los males endémicos del doble déficit comercial y fiscal, no permiten hacer una apuesta clara por los derroteros que iniciarán las divisas.

Antonio Villarroya, de Merrill, cree que 'el dólar puede seguir cayendo para compensar el déficit corriente y que EE UU necesita que la Bolsa vaya bien para que entren flujos de dinero'. Mercedes Camacho, de Safei, señala que 'el dólar ganará terreno frente al euro' y que 'Estados Unidos irá mostrando síntomas de fortaleza que supondrán un atractivo para la entrada de capital'.

En cuanto a la zona euro, es obvio que el BCE no parece tener ninguna prisa por seguir la estela de la Reserva Federal. La mayoría de los analistas creen que no habrá subida de tipos en Europa al menos hasta 2005. En todo caso, si el dólar se aprecia el BCE tendrá más margen para actuar si la inflación se dispara sin que el euro se aprecie demasiado.

Ventajas y desventajas para los bancos

Los valores bancarios han sido de los más castigados por las incertidumbres en el primer semestre del año y, en concreto, los títulos que peor comportamiento bursátil arrastran desde enero. En principio, el cambio de ciclo puede beneficiarles, al aliviar sus costreñidos márgenes de intermediación. Pero los analistas creen que hay que tener en cuenta otras muchas variables, como la posible desaceleración del negocio del crédito y su exposición a los países latinoamericanos, afectados por la subida en EE UU.

Los productos de ahorro recuperan brillo

Cuentas de alto interés e imposiciones a tipo fijo, en su mayor parte, y fondos de inversión, en menor medida, pueden empezar a recuperar parte del atractivo perdido. Otrora algunos de los productos financieros más contratados por los inversores, dada la alta rentabilidad que ofrecían, el nivel de los tipos ha relegado a cuentas y depósitos al último lugar de las preferencias de los inversores.

Las remuneraciones no superan el 2% -salvo ofertas puntuales para captar cuota de mercado-, lo que en términos reales, teniendo en cuenta la inflación, suponen una pérdida para el inversor.

Con la subida de tipos, sus perspectivas podrían empezar a mejorar. No obstante, aquellas imposiciones cuya rentabilidad está ligada a los índices del mercado hipotecario -por ejemplo, el euribor-, ya ofrecen mayores rentabilidades de las que ofrecían hace unas pocas semanas.

Aunque aún es pronto, algunas entidades, del mismo modo que se adelantan en encarecer los productos de activo, podrían repercutir el ascenso en los de pasivo. Bien es cierto que todavía no lo han hecho y actualmente son los productos combinados -que prometen una remuneración fija para la mitad de la inversión y otra variable ligada a la evolución de la Bolsa o de un fondo de inversión- los que centran la oferta de bancos y cajas.

Los fondos de inversión, los de renta fija, también podrían empezar a beneficiarse del alza de tipos -en mayor medida los que invierten en activos del mercado monetario (Fiamm) a corto plazo- y convertirse en una opción para la liquidez de la cartera.

Las mayores inclinaciones de los expertos por la renta fija en sus plazos más cortos, debido al mayor partido que sacan de una posible alza de los tipos, hace que los Fiamm puedan verse beneficiados y por lo tanto, sean los preferidos de los expertos para los próximos meses.

nullMalos tiempos para la renta fija. La teoría dice que cuando los tipos suben baja el atractivo de las acciones y aumenta el de los bonos. Pero dicho así resulta una verdad a medias. El inversor tiene que tener muy claro que la renta fija sólo es fija a vencimiento. Si lo que se quiere es vender antes de que el activo venza, la rentabilidad va siempre en sentido inverso al precio del título.Malos tiempos para la renta fija. La teoría dice que cuando los tipos suben baja el atractivo de las acciones y aumenta el de los bonos. Pero dicho así resulta una verdad a medias. El inversor tiene que tener muy claro que la renta fija sólo es fija a vencimiento. Si lo que se quiere es vender antes de que el activo venza, la rentabilidad va siempre en sentido inverso al precio del título.http://www.cincodias.com/articulo.html?d_date=20040703&xref=20040703cdscndpin_1&type=Tes&anchor=cdscdi#

BitTorrent, un P2P diferente (segunda

BitTorrent, un P2P diferente (segunda

Es una de las redes de mayor crecimiento en la Red

Viene de la nota de ayer

BitTorrent es por definición open source (de código abierto) y, salvo alguna excepción, no posee publicidades ni spyware. Al ser de código abierto, permite la aparición de clones que pueden mejorar el original.

El BitTorrent oficial es simplemente una asociación de archivos con Internet Explorer. Cuando hacemos clic en un archivo .torrent, se abre una ventana que nos pregunta dónde lo vamos a guardar y luego se queda descargándolo; también se comparten las partes que ya hemos descargado.

No hay que cerrar la ventana, ya que, si lo hacemos, se corta la descarga. Para continuarla, hay que ir de nuevo a la página donde encontramos el .torrent y guardarlo en el mismo lugar, por lo que continúa bajando las partes faltantes. Otra posibilidad es bajar el .torrent a nuestro disco y, con un doble clic, comenzaremos o continuaremos la descarga.

También hay que tener en cuenta que el archivo descargado seguirá compartido mientras tengamos la ventana de descarga abierta, por lo que se recomienda mantenerla así durante el mayor tiempo posible, para asegurar que haya seeds disponibles.
Dejemos a un lado la versión oficial y concentrémonos en ABC y Azureus, dos de los mejores clones, ya que el BitTorrent original es un poco difícil de entender.

Ambos funcionan de una forma más parecida a los P2P que ya conocemos. Tienen una interfaz gráfica, donde podemos controlar cada una de las descargas y, si la cerramos, con abrirla nuevamente ya tendremos todos los torrents incompletos, listos para ser continuados.

Una vez instalado alguno de los clientes BT, nos disponemos a buscar algún .torrent que nos interese, pero recordemos que es ilegal descargar material con copyright (derecho de copia). Cuando entramos en alguna página como Suprnova, por ejemplo, nos encontramos con un listado de archivos para descargar. Tenemos siempre el dato de cuántos seeds y peers tiene cada uno, que no es en tiempo real, pero es bastante aproximado. Si un dato posee seeds en cero, es casi imposible que podamos terminar de descargarlo, salvo que el único seed no haya estado online en ese momento y nos dispongamos a esperar a que se vuelva a conectar.

Lo que hacemos con el .torrent depende del cliente que tengamos. Utilizando el cliente original, con un clic en el nombre alcanza. Con los clientes GUI nos conviene guardar el torrent en nuestro disco o, si no, copiar la dirección URL y pegarla en el cliente. Por ejemplo, en Azureus, vamos a Archivo/Abrir/URL, y listo. El programa se encargará de bajar el .torrent. En el ABC tenemos un lugar donde copiar la dirección del .torrent, y el mismo programa procederá a descargarlo.

Cuando terminamos de descargar algo, tenemos una obligación “ética”. Se recomienda mantener el archivo descargado compartido al menos por una semana. El ABC tiene una política de mantenerlo compartido hasta que se haya transferido la misma cantidad de datos que se ha descargado, es decir, hasta que el archivo completo se haya enviado. Esto ayuda a que se pueda seguir descargando, porque asegura que algún otro usuario lo tiene completo. El parámetro puede modificarse para que la descarga se mantenga compartida por más tiempo.

Para compartir un archivo nuestro, tenemos que crear el archivo .torrent y luego subirlo al tracker elegido. ABC y Azureus tienen herramientas para crear .torrents mediante asistentes, pero primero tenemos que disponer de algunos datos para comenzar.
Debemos elegir un tracker para que maneje nuestra descarga (existen torrents “trackerless”, es decir, sin un tracker, pero éste no es el caso normal). Una vez que lo hayamos hecho, sigamos los pasos que cada programa nos indique.

Recordemos que se puede hacer un .torrent para un archivo individual o para una carpeta completa, lo que facilita la forma de compartir discos enteros.

Cuando ya tenemos nuestro .torrent listo, podemos subirlo al tracker. Hay que fijarse muy bien en el reglamento de cada tracker: algunos solicitan registro, otros tienen restricciones en cuanto al tiempo en el que vamos a compartir, y otros, respecto del tipo de contenido que vamos a publicar.

Aunque hayamos dicho que no hay un buscador en BitTorrent, existen aplicaciones que actúan como tal. En realidad, lo que hacen es recorrer las páginas que publican torrents y exhibir la información centralizada de una forma más clara. Un ejemplo es Torrent Search, que nos muestra una página web creada con los datos buscados.

Bit Torrent Search, en cambio, carga las páginas que le indiquemos para los tipos de archivo que seleccionamos. Esto produce un retardo considerable hasta poder utilizar la búsqueda, ya que tiene que descargar de Internet todas las páginas de torrents de los sitios indicados.http://www.tectimes.com/secciones/notas.asp?codnota=17232

«The Economist» cree que el PSOE ganó con un programa para no gobernar que espantaría a cualquier titular de Hacienda

John Grimond, autor del informe monográfico sobre España publicado por la revista «The Economist», aseguró ayer que los socialistas llegaron al poder en marzo con un programa electoral que estaba diseñado para no gobernar, «y que pondría los pelos de punta a cualquier ministro de Hacienda».

No obstante, el informe añade además que España, en materia económica, tiene una oportunidad fantástica para realizar lo que él mismo ha denominado la segunda transición, «y que supondría pasar por delante de Gran Bretaña en renta per cápita en unos años».

El estudio, como todos los textos de este tipo, reparte sus páginas entre los elogios y lo que se debe mejorar, aunque el tono general denota un cierto optimismo tras el cambio de Gobierno en España producido el pasado 14 de marzo. Las críticas, por tanto, no se circunscriben al PSOE, sino que al PP le señala como responsable de que haya perdido varias oportunidades para avanzar en liberalización económica y para despolitizar las empresas, así como para disminuir la intervención del Estado en la economía.

En inversiones de las empresas españolas, «The Economist» señala que éstas no deben mirar tanto a los países de Iberoamérica, y sí dirigirse más hacia Asia y la propia Unión Europea.

En el capítulo de retos pendientes para el Gobierno socialista, Grimond explicó que España necesita un Tribunal de la Competencia más fuerte y menos injerencias por parte del Estado, y recalcó su preocupación por el reciente aval otorgado por el Gobierno a la creación de «gigantes nacionales» en el sector energético.

A estas críticas contestó en el mismo acto de presentación Miguel Sebatián, asesor económico del Presidente del Gobierno, quien explicó que el PSOE cumplirá el programa «si se consigue el aumento de la productividad, que permita tener la financiación necesaria para llevarlo a cabo, sin necesidad de aumentar la presión fiscal». Sebastián añadió que el PSOE «parece intervencionista de palabra, pero de facto es más liberal». En líneas generales, Sebastián se mostró satisfecho del enfoque optimista del texto, asegurando que tiene una «valoración ponderada de la política económica del Gobierno Aznar». «Recoge los logros del PP», subrayó Sebastián, quien valoró positivamente que el informe reconozca que el anterior Gobierno no hizo más que «aprovechar una fase alcista del ciclo».

Asimismo, Sebastián afirmó que no entiende al PP ni su rechazo a un presupuesto «que prevé superávit para 2005», y afirmó que «la descentralización del Estado no está reñida con el crecimiento ni con la cohesión»

Por el Partido Popular estuvo presente en el debate de ayer el coodinador del programa electoral del PP, Gabriel Elorriaga, que aprovechó su intervención para quejarse de que el informe no valora lo suficiente el equilibrio fiscal que consiguió el PP ni la reducción del gasto público».

En cuanto a impuestos, el texto incide en la necesidad de una reforma en el sistema impositivo para combatir tanto la evasión fiscal como los desequilibrios ya que «demasiados pobres pagan demasiados impuestos, mientras que demasiados ricos pagan demasiado poco, pues existen instrumentos tales como fondos de inversión familiares o empresas interpuestas que les permiten pagar sólo 1% de las ganancias obtenidas y nada en absoluto sobre los dividendos no retribuidos».

El reto son las tres «P»

Entre las cosas pendientes, «The Economist» señala al Gobierno que preste especial atención a las tres P: precios, productividad y pensiones, aunque añadió que «ningún Gobierno puede hacer todo esto de la noche a la mañana».

Para el artículo, Zapatero, «en esta segunda transición, tiene la oportunidad de llevar a España a una nueva era de armonía y prosperidad, para lo que debe reformar el mercado de trabajo». Una de las críticas más feroces que hace el informe es al mantenimiento de las acciones de oro, la elección de directivos y la designación directa o indirecta de la mayoría de los directores de las empresas.
http://www.abc.es/abc/pg040624/prensa/noticias/Economia/Economia/200406/24/NAC-ECO-061.asp

LOS PRECIOS PUEDEN CAER HASTA UN 30%

'The Economist' coloca a España entre los siete países con mayor burbuja inmobiliaria del mundo

SERVIMEDIA

MADRID.- La revista 'The Economist' considera que en siete países desarrollados -España, Reino Unido, Holanda, Australia, Irlanda, Nueva Zelanda y EEUU-, se ha generado una burbuja inmobiliaria que acabará sufriendo una corrección mediante una caída de los precios de la vivienda.

'The Economist', que en su último número publica un estudio comparativo y dedica un editorial a esta cuestión, calcula que la burbuja del mercado inmobiliario deja margen para una caída del precio de los pisos del 30% en España, del 25% en Gran Bretaña y Holanda, del 20% en Australia e Irlanda, del 15% en Nueva Zelanda y del 10% en Estados Unidos.

Según el análisis de la prestigiosa revista británica, esa corrección de precios sería la necesaria para que el ratio entre lo que cuesta un piso y lo que gana un ciudadano medio de esos países vuelva al nivel promedio de los últimos 30 años. Actualmente, están entre un 25% y un 60% por encima.

'The Economist' indica que la vuelta a la normalidad perdida requiere una caída de los precios de los pisos, puesto que parece claro que el reequilibrio no va a llegar mediante fuertes subidas de salarios, ya que los sueldos están creciendo moderadamente, entre un 3% y un 4%, en los últimos ejercicios.

La revista admite que las caídas de precios pueden ser inferiores a sus estimaciones, ya que el mantenimiento de unos tipos de interés relativamente bajos podría haber elevado el ratio entre los precios de la vivienda y los salarios de los países analizados.

Según los datos comparativos de 'The Economist' para 16 países desarrollados, la burbuja inmobiliaria no ha dejado de inflarse en la última década, periodo en el que los precios de las viviendas crecieron más que el IPC de todos los países ricos, salvo Japón y Alemania.

En concreto, entre 1997 y 2004, Irlanda registró el mayor encarecimiento, de un 174%, seguida de España, con un 121%. A continuación se situaron Gran Bretaña (116%), Australia (113%), Holanda (75%), Suecia (67%), Francia (59%), Bélgica (54%), Italia (54%), Estados Unidos (53%), Nueva Zelanda (47%), Dinamarca (41%), Canadá (30%) y Suiza (11%). En Japón los precios cayeron un 22% y en Alemania un 3%.

'The Economist' completa su análisis con un editorial dedicado al riesgo económico que supone el estallido de la burbuja inmobiliaria en los países desarrollados y asegura que, de producirse, provocaría una caída del consumo más dañina que la actual carestía del petróleo.

"Nuestros cálculos", indica el editorial, "sugieren que en muchos países, incluyendo Estados Unidos, Reino Unido, Australia y España, el precio medio de la vivienda está a niveles record en relación a los sueldos y alquileres. En otras palabras, parecen más sobrevalorados que en anteriores picos desde los que se produjeron bruscas caídas de precios en términos reales. Hoy la inflación es mucho más baja que en anteriores caídas, por lo que es necesario que una mayor parte del ajuste se traduzca en una caída en los precios nominales. Si es así, hay una posibilidad de que de por primera vez los precios de las viviendas caigan simultáneamente en varios países".

Igualmente, a quienes desprecian las advertencias sobre el riesgo de estallido de la burbuja inmobiliaria por el mero hecho de que hasta ahora no se haya producido, "The Economist" advierte de que la duración del fenómeno "no ha hecho que el mercado de la vivienda sea más seguro, sino más vulnerable. La primera ley de las burbujas es que se inflan más tiempo del que nadie espera. La segunda ley es que al final estallan".

Como indicios que apuntarían a que la burbuja se desinfla, la revista señala el dato de que los precios de la vivienda en Estados Unidos hayan subido sólo un 1% en el primer trimestre de 2004, el menor incremento en seis años, y que bajasen en 39 de 220 áreas metropolitanas.

No obstante, los datos disponibles sobre la evolución internacional en los últimos doce meses reflejan todavía un boyante crecimiento de precios, de una media del 8% en los 16 países analizados y con aumentos especialmente fuertes en Nueva Zelanda (22%), Australia (17,9%) y España (17,3%).

A continuación se sitúan Irlanda (12,9%), Francia (11,8%), Italia (10,6%), Gran Bretaña (7,8%), Estados Unidos (7,7%), Holanda (6,9%), Canadá (6,3%), Suecia (6,1%), Bélgica (5,5%), Suiza (3,4%), Dinamarca (3,1%), Alemania (-1,7%) y Japón (-5,7%).
http://www.elmundo.es/elmundo/2004/06/05/economia/1086431412.html

Telefónica da otra vuelta de tuerca a la guerra del ADSL

La idea es que el que capta a un nuevo cliente de ADSL se lo queda por mucho tiempo y por eso las distintas operadoras están centrando sus esfuerzos en ser ellas las que consigan arrancar esa primera firma. Telefónica fue la encargada de abrir la batalla más reciente en esta tecnología de banda ancha, con su intención de duplicar la velocidad de sus cuatro modalidades sin variar el precio. Pero esta iniciativa llevará unos meses y, mientras tanto, el objetivo es no perder clientes a manos de sus competidores.

Cinco Días / MADRID (16-06-2004) .-- A esta intención responde la nueva oferta anunciada ayer por la operadora. Telefónica regalará la cuota mensual de todas las modalidades que tiene en el mercado desde el 15 de junio hasta el 31 de agosto. En total, por tanto, son dos meses y medio, con lo que el ahorro oscilará entre los 98 y los 376 euros.

Con esta promoción, Telefónica se guarda las espaldas hasta septiembre, cuando la aprobación y la implantación de las nuevas velocidades estará más cerca. Y se las guarda de ofertas como la de Jazztel, que ha lanzado una promoción de ADSL a un mega y tarifa plana de voz por 39 euros al mes.

Telefónica duplicará la velocidad de su ADSL sin subir el preciohttp://www.internautas.org/article.php?sid=1762&mode=thread&order=0

La banda ancha estira y encoge

La generación de los sesenta saltaba a la goma al son de una canción infantil que hablaba de las tripas de un tal Jorge que estiraban y encogían con extrema facilidad. La generación española de internet, en pleno siglo XXI, sigue viendo cómo las tripas de Jorge estiran y encogen, aunque ahora sea gracias a lo elástica que en precio y velocidad resulta esa banda que nadie entiende porque llaman ancha, cuando quieren decir estrecha.

Las conexiones de Internet por ADSL, cable o satélite siguen costando cifras astronómicas por servicios nimios en comparación con los de otros países avanzados, aunque la llegada del verano parece haber despertado la competencia y ha empujado a Telefónica a plantearse duplicar la velocidad de sus ADSL sin subir los precios y a su competidora Ya.com a adentrarse en la banda ancha por satélite y precios de sólo 17 euros para la posibilidad de descargar a 256 Kbps.

La batalla no ha hecho más que comenzar en España donde se padecen velocidades de tortuga y precios aquejados de elefantiasis.

Después de que las eléctricas confirmaran su entrada en el mercado de la banda ancha a través de PLC y Jazztel anunciara su servicio de ADSL a un Mega (1.024/300 Kbps), Telefónica solicitaba a comienzos de este mes de junio a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones una modificación en las condiciones de sus productos de conexión ADSL que permita duplicar su velocidad sin aumentar el precio. Así, los clientes que pagan 39 euros por una línea de 256 Kbps pasarían a tener el doble de capacidad de descarga, los de 512 llegarían hasta los 1.024 y los actuales clientes de dos Mb alcanzarían la histórica cifra de cuatro Megabites.

El truco, ya puesto en marcha por otras compañías, como el servicio ya mencionado de Jazztel a un Mb, consiste en desagregar centrales en las principales capitales españolas, lo que permite a los proveedores de conexión mayoristas (como Uni2, el propio Jazztel o Albura) comprar las líneas a telefónica a tres euros, con lo que les da igual ofrecer por esas líneas 256 Kb, 512 Kb o un Mb a los sufridos clientes que pagan 39 euros.

En realidad lo propuesto es algo que ya han hecho los grandes mayoristas como BT con sus empresas/clientes proveedores de internet, a quienes han duplicado su ancho de banda sin coste alguno, en una operación vestida de promoción especial.

En el resto del mundo, es mucho más asequible la banda ancha para gozar de internet y sus ventajas que en España. Por citar sólo los ejemplos más extremos, Japón está en las antípodas de esta piel de toro en todo lo relacionado con la anchura de su banda de conexión a internet. Y nuestros vecinos más latinos y cercanos, en economía, cultura y modus vivendi, están ya desde diciembre de 2003 a años luz de nosotros. Desde el final del pasado año, Telecom Italia ofrece ADSL a 640 Kbps al mismo precio que hasta entonces ofrecía sólo 256 Kbps, esos mágicos 39,9 euros que todavía se abonan en España por la conexión más básica de cable o ADSL. Y si hablamos de nuestros vecinos más vecinos las cosas no cambian un ápice. La situación más kafkiana es la de los vascos, que pagan cristianamente lo que sus vecinos franceses consiguen por la mitad: en Hendaya, al otro lado de la frontera, una línea ADSL de 512 Kbps (estándar en Francia) tiene por precio tan sólo 30 euros.

El caso japonés es verdaderamente paradigmático de lo que debería ocurrir en un servicio marcado por la competencia. En Tokio no sólo se dispone de ADSL de hasta 45 Mbps, sino también de FTTH residencial (conexión de fibra óptica directa a casa) a la astronómica velocidad de 100 Mbps, por la asequible cantidad de entre 45 y 90 euros al mes. En Japón hace tiempo ya que no existen las conexiones ADSL de dos Mbps y la velocidad de bajada normal no desciende nunca de los 700 Kbps, siendo lo normal que cuadruplique esa velocidad.

Desde luego, los hispanos, con monopolio o sin él, seguimos empeñados en marcar tristes diferencias.

Próspero Morán en Cinco Días
http://www.internautas.org/article.php?sid=1763&mode=thread&order=0

Todo lo que necesita saber para comprar en Internet

Antonio Caravantes, es un veterano y experto internauta, miembro de la Asociación desde su fundación. Desde 1996 mantiene una actividad contínua y pública en Internet, creando y dirigiendo listas, comunidades y foros de interés para la comunidad. Ahora nos presenta el artículo “Comprando en el web”, donde pone a disposición de la comunidad toda la experiencia acumulada por el autor. El resultado es una util guía que responde a estas preguntas. ¿Qué precauciones conviene adoptar para hacer compras por Internet? ¿Qué problemas pueden surgir? ¿Cómo afrontar esos problemas?.

Comprando en el web.

¿Qué precauciones conviene adoptar para hacer compras por Internet? ¿Qué problemas pueden surgir? ¿Cómo afrontar esos problemas? Estas son las cuestiones que pretendo contestar en este artículo, dirigido a internautas españoles.

Desde pequeños hemos visto cómo se hacían las compras en comercios tradicionales, y eso nos ha permitido un aprendizaje. Pero la compra en Internet es un sistema nuevo, con el que tenemos poca experiencia. Además, en Internet tenemos menos referencias fiables para reconocer si la empresa vendedora es seria o está dirigida por un sinvergüenza que solo quiere aprovecharse de nosotros.

Por otro lado, la compra en el web es un proceso automático y frío, que dificulta la elección y que suele estar organizado para que compremos precipitadamente, sin pensárnoslo mucho. Para colmo, suele ocurrir que primero nos exigen el pago, y luego nos envían el producto, lo cual conlleva un puñado de riesgos: que no recibamos el paquete, que nos envíen un producto distinto al que hemos solicitado, que recibamos un artículo defectuoso, que nos cobren más de lo previsto, etc. Por estos y otros riesgos conviene adoptar una serie de precauciones concretas. También nos conviene saber cuáles son nuestros derechos básicos en este tipo de operaciones.

Internet es una red mundial, pero las legislaciones siguen siendo distintas en cada país. Un vendedor extranjero solo está obligado a cumplir las leyes de su país, lo cual nos puede dejar muy desconcertados. Además, los costes de un recurso legal contra una empresa extranjera serían desproporcionados para un ciudadano corriente.

En cambio, un vendedor español tiene ciertas obligaciones que podemos conocer fácilmente. En el caso de que algo vaya mal, podremos solicitar el amparo (gratuito) de diferentes organismos, y todo ello se realizará con bastante agilidad y eficacia.

Derechos más relevantes del comprador

En el apéndice 2 se ofrecen enlaces a otros documentos en los que se puede obtener información detallada sobre este tema. Aquí solo se comentan las cuestiones más importantes, de forma muy resumida y breve. Son cuestiones elementales que todos debemos de conocer. Como cuestión legal previa, conviene aclarar la diferencia entre "comprador" y "consumidor". El comprador es cualquiera que compre, y puede ser un intermediario u otro ciudadano cualquiera. El consumidor es el comprador final, que compra un producto para utilizarlo y no para "re-venderlo". Aunque este texto utilice mucho la palabra "comprador" va específicamente dirigido al comprador-final (consumidor).

Tú pactas la compra de un producto en perfecto estado, y acuerdas el pago de una cantidad determinada. Eso debe ser respetado por las dos partes. Puesto que ese pacto lo hace el vendedor, es ese vendedor quien debe de asumir cualquier reclamación por un defecto del producto. Es ese vendedor quien está obligado a ofrecerte una solución satisfactoria sin que tú tengas que pagar ningún coste adicional (ni siquiera los portes). Esta garantía legal se extiende hasta 6 meses después de haber recibido el producto.

La Ley de garantías especifica que estos derechos siempre son aplicables. No importa que el vendedor haya establecido unas condiciones distintas; no importa que hayas aceptado otra cosa. La ley anula cualquier cláusula o acuerdo que sea contrario a esto que dice la ley. Sigues teniendo esos derechos, que son irrenunciables. Todo esto es aplicable a cualquier empresa de venta (comercios de la calle, tiendas de Internet, etc), y a todos los productos de consumo, con algunas excepciones que se indican al final.

Por otro lado, la Ley de comercio minorista (y una segunda ley que reforma la primera) especifican el funcionamiento de las ventas a distancia, entre las que cabe contemplar cualquier venta por Internet. Lo más interesante de estas leyes es que nos ofrecen el derecho de desistimiento (se refiere a "desistir", anular una compra ya realizada). Una vez que has recibido el producto, tienes un plazo de 7 días para arrepentirte de la compra, y revocarla. Tendrás que devolver el producto (tú pagas los portes) y el vendedor tiene que reembolsarte el importe que hayas pagado por de dicho producto. Algunos productos muy excepcionales pueden quedar al margen de este derecho, siempre que el vendedor lo haya advertido previamente. Salvo en esos supuestos, el vendedor no puede imponer al comprador otras limitaciones o penalizaciones económicas al desistimiento.

La ley dice que será inaplicable (nula) cualquier cláusula o acuerdo que vaya contra este derecho de desistimiento, y que también será inaplicable cualquier penalización económica (el comprador solo tiene que pagar los portes, y el vendedor ha de devolverle todo el precio del producto).

Por su parte, la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI o LSSICE) establece que los vendedores no podrán enviar mensajes publicitarios, salvo que el destinatario de dicho mensaje lo haya autorizado expresamente. En muchos casos, la página en la que debemos confirmar la compra lleva una casilla aceptando la recepción de estos mensajes; si no quieres recibir publicidad te conviene desmarcar esa opción. Si no existe esa casilla ni se especifica de otra forma, la ley solo admite que el vendedor envíe al comprador información publicitaria relativa al producto adquirido, o a productos similares; aún así, el comprador siempre debe tener derecho a solicitar que no se le siga enviando publicidad, mediante un procedimiento sencillo y gratuito.

Para las compras en el web (contratos celebrados por vía electrónica) realizadas por un consumidor (usuario final), la ley LSSI considera que el lugar de residencia habitual de dicho consumidor es el lugar en que se celebra el contrato de compra.

Por último, haremos algunas observaciones respecto a la Ley de protección de datos. Una vez completado el proceso de venta, si la empresa vendedora quiere mantener archivados tus datos personales, debe habértelo advertido previamente. Además, siempre debe ofrecerte la posibilidad de modificar dichos datos, o cancelarlos definitivamente (borrarte de ese fichero). Por último, esa empresa no puede ceder esos datos a terceros (otras empresas) si tú no lo autorizas expresamente.

¿Qué cosas comprar por Internet?

Mi primer consejo es que solo compres por Internet cuando tengas una seguridad muy alta respecto al producto que necesitas. Supongamos que te has matriculado en un curso y el profesor te dice que debes comprar un libro concreto. Te dirá el título y autor. Quizá ese libro no esté disponible en las librerías de tu localidad o quizá encuentres un precio más económico en alguna tienda de Internet.

Pero podrás tener mucha certeza a la hora de saber si eliges el producto adecuado. Como mucho tendrás que elegir entre una edición normal y otra de bolsillo, y caben pocas alternativas más. Ahora pongamos un caso totalmente opuesto. Supongamos que quieres comprar una cámara de fotos digital; hay muchas, de precios y prestaciones muy variadas. Salvo que seas un experto en ese tema, te asaltarán mil dudas a la hora de elegir. Como siempre, los vendedores resaltan las cualidades más ventajosas del producto que ofrecen, ocultando o minimizando las pegas de ese mismo producto. Así pues, es posible que elijas un producto inadecuado a tus necesidades o que oculte carencias y defectos.

¿La cámara tiene visor óptico (de "mirilla") o solo LCD? ¿Qué tipo de pilas o baterías usa? ¿La cámara viene con un primer juego de pilas/baterías o lo tienes que comprar aparte? ¿Cuántas fotos se pueden hacer con un juego de pilas/baterías? ¿Incluye cargador de baterías? ¿Qué tipo de memoria lleva la cámara? ¿Cuántas fotos se pueden hacer con esa memoria? ¿Cuánto cuesta otra memoria de mayor capacidad? ¿Se incluye un lector de memorias, acoplable al ordenador? ¿La cámara viene con el cable para conectarla directamente al ordenador? ¿El cable es USB o de otro tipo? ¿Añade también cable analógico para ver las fotos en la TV? ¿Incluye un disco con software y controladores ("drivers")? ¿Qué tipo de programas trae ese disco? ¿Qué tipo (extensión) de archivos son transferidos al ordenador? ¿Para qué sistema operativo son los controladores? ¿Qué manuales trae? ¿Vienen impresos dichos manuales, o tienes que imprimirlos tú a partir de un archivo? ¿Están en español los manuales y el software? ¿La cámara viene con funda o trípode? ¿Puedes adquirir posteriormente otros accesorios, en el caso de que los necesites?

He revisado un buen puñado de ofertas web y no suelen ofrecer estos detalles. Por lo tanto tienes una posibilidad mucho mayor de elegir una cámara que no te satisfaga. También tienes el riesgo de pagar un precio demasiado alto: quizá podrías haber elegido otro producto de coste y características inferiores que también hubiera sido adecuado para ti. En un caso complejo como éste es preferible no comprarlo a través de Internet.

En una tienda de la calle también se te puede pasar por alto algún detalle menor, pero no hay equívoco posible sobre otras cuestiones, porque estarás viendo el producto y su caja. Por ejemplo, no tendrás ninguna duda respecto a si la cámara incluye funda o carece de ella. En el caso de que no la incorpore, si crees que la vas a necesitar, siempre puedes preguntarle respecto a la posibilidad de comprarla independientemente. La elección en una tienda de la calle es más tangible y más interactiva. Percibes más detalles, y puedes dialogar con el dependiente respecto a cualquier cuestión. Perderás más tiempo observando el producto y comentando todos sus aspectos. Las páginas web no dialogan, y además las ofertas están construidas para tratar de ocultar cualquier detalle que pueda provocar dudas al comprador. Así, la compra en el web es más rápida, pero también más precipitada y con mucha menos información.

Escasean las empresas de venta en Internet que ofrecen un teléfono de atención al cliente, para responder a cualquier pregunta que el comprador quiera hacer.

Comprobaciones respecto al vendedor.

Antes se ha hablado sobre la conveniencia de que el vendedor sea "español"; más concretamente, es importante comprar a un vendedor que esté legalmente instalado en España. ¿Cómo podemos saber si el vendedor cumple este requisito?

La ley española obliga a que el vendedor ofrezca siempre las siguientes informaciones:

- Su nombre o denominación social.

- Su residencia o domicilio; en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España.

- Su dirección de correo electrónico.

- Cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva.

Las empresas que venden por Internet siempre tienen una página en las que se especifican las condiciones generales de sus ventas. En esa página suelen figurar los datos legales de dicha empresa (nombre completo, domicilio legal, CIF, etc). Puede que esos datos estén en la cabecera de la página, abajo del todo o en los primeros párrafos. Si no estuvieran ahí, búscalos tras algún enlace con el texto "AVISO LEGAL" o similar. Es un requisito imprescindible que dichos datos estén a la vista del posible comprador. Si no encuentras esos datos fácilmente es porque la empresa es ilegal o porque tienen algo que ocultar, y entonces mejor no sigas con la idea de comprarles a ellos. Vamos a suponer que eso parece correcto.

Fíjate bien en el nombre de la empresa y su domicilio legal. Si ese domicilio no es español, igualmente te recomiendo que desistas de comprar nada ahí; seguramente puedas encontrar otra web de un vendedor ubicado en España, que te ofrezca el mismo producto. Si el domicilio es español todavía conviene hacer una comprobación inversa, para evitar la posibilidad de que la empresa haya puesto ahí datos falsos. Usaremos una web independiente que tenga un buscador de empresas, como por ejemplo www.e-informa.com o www.nomefio.es

Cualquiera de estos buscadores debe darnos un resultado positivo si escribimos el nombre de la empresa o su CIF. En caso negativo podremos deducir que la información de la empresa vendedora es incorrecta, y deduciremos que tampoco nos conviene fiarnos de ella.

Analizando la oferta seleccionada.

Trata de asegurarte de que la descripción del objeto pone de forma concreta todas las características importantes de ese producto. En la medida de lo posible, comprueba también que sirva para el uso que tú le darás, y que incluya todos los accesorios que necesites, instrucciones, elementos imprescindibles para el montaje, etc. Igualmente, comprueba el tipo y precio de otros accesorios, complementos o repuestos que puedas necesitar con posterioridad, así como su disponibilidad.

Además de los datos del vendedor, sus ofertas deben incluir, como mínimo, los siguientes detalles:

- Características del producto.

- Precio y posibles gastos de transporte.

- Forma de pago.

- Sistema de entrega, y plazo de entrega.

- Plazo de validez de la oferta.

La página web que muestra el artículo seguramente no incluya todos estos datos. Algunos de ellos son comunes para todos los productos ofrecidos por ese vendedor y suelen especificarse en una página general de "condiciones", que comentaré a continuación.

Las "condiciones" del vendedor.

Antes se ha hablado del documento de "condiciones" que la empresa aplica a todas sus ventas. Léelo, porque es importante. Ese texto puede tener condiciones particulares que no habías imaginado. Por ejemplo, puede indicar que se aplicará algún tipo de recargo económico si eliges la modalidad de pago contra-reembolso. Pues tenlo en cuenta. El mismo hecho de la compra implica que aceptas esas condiciones, como si las firmases.

Sin embargo, ese documento no debería contradecir algunos aspectos de la ley, y serán inválidas todas las cláusulas que así lo hagan. Por ejemplo, durante los 6 primeros meses tras la compra, el vendedor no puede traspasar la responsabilidad de garantía al fabricante; tampoco puede aplicar una penalización económica al comprador que quiera ejercer el derecho de desistimiento. Puedes ignorar los párrafos o cláusulas de este tipo, pero también puedes comenzar a mosquearte: ese vendedor parece ignorar la ley o quiere engañarte para que no ejerzas tus derechos.

Si la ley nos ampara tan generosamente... ¿Por qué es importante leerse este contrato? Porque ese contrato va más allá de los mínimos legales. Por ejemplo, ahí especifica cuál es la responsabilidad del vendedor cuando pase el tiempo y ese vendedor no esté obligado a mantener las garantías legales.

Mira también lo que dice el contrato sobre envíos publicitarios posteriores, y sobre el uso que harán de tus datos personales. Es importante que exista un teléfono de atención al cliente, por si necesitamos consultar cualquier asunto relacionado con la compra o con el producto, incluso después de haberlo recibido. Pero ten cuidado con los números de tarifación adicional (teléfonos que comienzan por 803, 806 y 807). Si tienes un problema (por ejemplo, recibes un producto defectuoso), tú no tienes que pagar una llamada con recargo que, además, conlleve beneficios económicos para el vendedor. Debe haber un número de teléfono en el que consultar, y ese número no debe conllevar recargo.

Visto todo esto, si el vendedor te parece aceptable, ya puedes dar los últimos pasos para finalizar la compra.

Confirmando la compra.

Antes de cerrar la compra te conviene imprimir las páginas web que contienen la oferta (producto a comprar, características, precio, etc) y la de "condiciones generales". Es muy conveniente guardar una copia en papel de la oferta a la que nos estamos acogiendo, así como de las condiciones de compra, por si surgen problemas posteriores.

De esta forma, si el vendedor cambia alguna de dichas páginas seguiremos teniendo una copia de los documentos vigentes en el día de la compra. Tenemos una constancia escrita de lo que compramos, y cómo lo compramos. Si compras varias cosas tendrás que imprimir las diferentes páginas correspondientes a los productos, pero te basta con una sola hoja que contenga las condiciones generales.

Para cerrar la compra debes llegar a una página en la que tienes que introducir tus datos personales. Comprueba que esa página sea de tipo seguro. El navegador debe mostrarte en la parte inferior un icono con un candado cerrado. Así se garantiza que la información que vas a enviar no podrá ser interceptada por terceros. De todas formas, mi consejo es que no pongas más datos de los necesarios, para no "regalar" al vendedor más información de que la precisa.

Procura evitar el pago mediante cargo a tu cuenta corriente o tarjeta de crédito. Más adelante se comentan muchos posibles problemas con este sistema. Aunque conlleve algún recargo, es más seguro el pago contra-reembolso.

Desmarca las casillas que pueda haber, relativas a autorizar el envío de publicidad y ofertas posteriores, si quieres.

En alguna página debe aparecer el resumen de la compra: importe global de la operación y el nombre del producto o productos que has elegido. Comprueba esos datos y luego imprime esa página que te sirve como comprobante. Guarda ese papel.

Finalmente, confirma la compra. Tras eso, debe aparecer una página indicando que se ha recibido tu petición de compra.

A la espera del pedido.

Es posible que te envíen por correo electrónico y/o por carta, la confirmación de tu pedido. Comprueba nuevamente los datos principales: producto, precio e importe total a pagar. Guarda esa carta.

Si has acordado que te hagan el cobro en tu cuenta corriente o en tu tarjeta de crédito, procura estar pendiente de ello para verificar que no te cobran más de lo pactado. Guarda el documento bancario que acredita el pago.

Si cabe la posibilidad de que no seas tú quien reciba el paquete, dale instrucciones a la persona que pueda encargarse de ello.

Si has pactado el pago por la modalidad contra-reembolso, conviene que dejes preparado el dinero que deberás entregar cuando recibas el paquete; prepara ese dinero sin que sobre ni falte un céntimo: así te aseguras de que vas a pagar la cantidad acordada, y que evitarás complicaciones en el caso de que quien hace la entrega no tenga cambio.

Salvo que el vendedor haya especificado otra cosa, tiene un plazo de 30 días para entregarte el producto. Si se rebasa ese plazo y todavía sigues esperando, reclama. Si el vendedor no tuviera existencias o le surgiera cualquier otro problema que impida la entrega, debe comunicarlo al comprador; en ese caso, el comprador tiene derecho a solicitar la cancelación de la compra, con la devolución de TODO lo que haya pagado hasta ese momento.

Recibiendo el producto.

A tu casa llegará un repartidor para entregarte el paquete. Antes de aceptarlo debes verificar algunos detalles elementales.

Comprueba que el paquete está remitido por el vendedor. Si viniera de otra empresa, mejor rechaza el paquete (incluso si el paquete viene remitido por el fabricante del producto). Tú has pactado con el vendedor. A los niños se les dice que no acepten regalos de desconocidos. Aplícatelo. Asegúrate también de que tu nombre figura en la pegatina del paquete. En una ocasión recibí un paquete que no contenía lo que yo esperaba, sino otra cosa completamente distinta; luego me di cuenta de que ese pedido iba destinado a otra persona, y esa persona tendría un paquete destinado a Antonio Caravantes. Pudimos deshacer el lío, pero hubiera sido más sencillo evitar el problema mediante una comprobación. Si vas a pagar contra-reembolso, comprueba que te cobran lo previsto. Si te piden otra cifra, no aceptes el paquete: probablemente indique que contiene un producto distinto al que habías solicitado. Quien te haga la entrega, te exigirá que firmes su recepción, lógicamente. En caso de pago contra-reembolso, es obligatorio que te dejen una copia de ese documento (u otro), y en dicho escrito debe estar firmado el cobro. Comprueba que la cantidad esté correctamente anotada, y guarda ese documento que acredita el pago.

Cuando abras el paquete, rompe los precintos cuidadosamente, evitando estropear los embalajes. No desgarres los cartones, bolsas, corchos protectores, etc. Guarda dichos embalajes. Luego, comienza por hacer recuento de los elementos recibidos. Asegúrate de que el producto recibido es exactamente el que tú habías pedido, y que incluye todo los accesorios, documentos y complementos previstos. Debes de recibir una factura, ya sea en el propio paquete o por correo aparte. Comprueba algunos detalles de ese documento. Nuevamente tienen que aparecer ahí los datos de la empresa, la fecha, el número de factura, el producto y su coste. Si hubiera gastos de transporte o impuestos, también deben estar desglosados. Comprueba que el total corresponde exactamente a lo que te han cobrado. Guarda la factura. Si algo está mal, o si no te han enviado la factura, reclama.

Antes de usar el producto, léete las instrucciones para su correcta instalación y/o preparación. Tras eso, ya puedes comenzar a darle caña. Conviene que durante los primeros días te asegures de que el producto va a cumplir todo lo que se espera de él. O sea que debes probar todas sus posibilidades, para asegurar que funciona perfectamente. Procura hacer esto en los dos o tres primeros días, tras la recepción, porque en esos primeros días todavía tienes posibilidades de devolverlo. Si es muy engorroso seguir conservando los embalajes, puedes tirarlos cuando hayas comprobado que el producto te satisface. A pesar de las precauciones, siempre es posible que surja alguna complicación. A continuación trataré de dar algunos consejos para afrontar los problemas más previsibles.

¿Qué hacer si te cobran de más (o de menos)?

Cuando haces una compra y autorizas su cobro en tu cuenta bancaria o en tu tarjeta de crédito, en realidad estás asumiendo un riesgo. Si el vendedor es ordenado y honesto, hará ese cobro correctamente, y no tendrás ningún problema. Pero si el vendedor es una persona mal organizada puede que tramite el cobro varias veces, por error. Si es deshonesto puede cobrar una cantidad mayor a la acordada. Incluso puede sucederte que, mucho tiempo después, el vendedor ordene otro cobro que ya no tiene relación con la compra.

En principio, tu entidad bancaria aceptará como válido cualquier cobro de este tipo (siempre que tengas saldo o crédito suficiente). A continuación el banco te enviará un informe sobre ese cargo. Durante unos días (depende de la entidad) puedes decirle a tu banco que rechazas ese cargo (no necesitas justificar esa decisión) con lo cual el banco deshará el cargo y volverá a poner las cosas en su sitio.

Pero si dejas pasar un tiempo, luego ya pierdes el derecho a solicitar la cancelación del cobro. Además, te conviene saber que solo puedes rechazar el cargo en su totalidad; normalmente no te admitirán que rechaces una parte del cobro. Todo o nada.

Si te han cobrado de más, mi consejo es que comiences contactando con el vendedor. Trata de aclarar el problema, y busca una forma amistosa de resolver el incidente con rapidez. Pero no permitas que abusen de tu paciencia ni que te tomen el pelo.

Si no consigues resolver el problema fácilmente, ponte en contacto con tu entidad bancaria, para revocar el cobro que te han hecho. Tras eso, avisa al vendedor. Si decides cancelar el cargo, como se ha dicho, vigila los posibles cargos posteriores, para asegurarte de que te cobran lo correcto.

Si el vendedor intenta cobrarte repetidamente, o insiste en cobrar cifras indebidas, puedes dar órdenes a tu banco para que rechace cualquier cobro posterior del mismo tipo. Pero eso tampoco sirve de mucha garantía: el vendedor puede intentar otro tipo de cobro (con otro concepto, con abono a otra cuenta suya o como remitido por una empresa distinta), y cualquiera de estos trucos tiene posibilidades de salirle bien. Y lo peor de todo es que tal vez ya no sepas ni siquiera el origen (quién o por qué) te está queriendo estafar. Incluso pudiera ser que esos cobros extraños estén siendo ordenados por algún "hacker" que ha conseguido acceder a los archivos del vendedor.

Por lo tanto debes seguir vigilando los cargos en tu cuenta, al menos durante un tiempo prudencial, tras cada compra de este tipo. Mi consejo final es que no utilices este sistema de pago. Es mucho mejor que pagues contra-reembolso; de esta forma garantizas que no podrán hacerte un cobro "a traición".

¿Qué hacer si el producto no te sirve o te arrepientes de haberlo comprado?

Ejerce el derecho de desistimiento, que ya fue comentado más arriba. Puedes cancelar la compra en los 7 días siguientes a la recepción del producto, siempre que el vendedor no haya cancelado legalmente esa posibilidad: la ley establece algunos casos muy excepcionales en los que el vendedor puede impedir el desistimiento.

El vendedor debe haberte enviado información sobre el procedimiento, así como un impreso que debes rellenar para ejercer dicho desistimiento. Puede que esos documentos vengan en el propio paquete, o por correo independiente. Pero si no has recibido esos documentos, da lo mismo: puedes cancelar la compra de todas formas.

Lo primero que tienes que hacer es avisar al vendedor, para que él tenga constancia de que vas a ejercer ese derecho. Puedes avisarle por llamada telefónica o por correo-e, aunque yo te recomendaría que lo hicieses por burofax, para que tengas constancia de que recibe dicho aviso, y que le llega dentro del plazo.

Luego le envías el paquete de regreso, pagando tú los portes. Debes devolver el producto con sus embalajes originales. No importa que hayas roto (o abierto) algunos precintos, cosa imprescindible para probar el producto. Asegúrate de que devuelves todos los accesorios y documentos que acompañaban al producto. Si has estropeado alguna parte del producto, el vendedor tiene derecho a no devolverte el coste de ese elemento.

Una vez que el vendedor reciba el paquete, tiene 30 días para devolverte el importe del producto. Si se retrasa más, tienes derecho a exigir que te devuelva el doble de ese dinero.

¿Qué hacer si el producto es defectuoso?

Anteriormente ya se han comentado los aspectos legales de la garantía. Todo eso es aplicable para productos que no cumplen las especificaciones previstas o que están afectados por cualquier defecto o carencia. Todo ello es plenamente exigible en los 6 primeros meses tras la recepción del producto.

Comenzaré aclarando nuevamente que tú no tienes que pagar nada por un fallo de calidad: ni portes ni recargos de otra clase. Tú tienes derecho a recibir un producto "PERFECTO" por el importe acordado inicialmente. No pagues más, ni te conformes con menos.

Si el producto tiene un fallo de calidad, comienza contactando con el vendedor, para comentarle el problema y anunciarle la devolución. Asimismo, indícale si prefieres la reparación o la sustitución (otro producto igual al comprado, pero que no tenga ese defecto). En esta elección, la ley aclara que en alguna ocasión puede ser imposible (o desproporcionada) una de las dos opciones; en tal caso tendrás que optar por la otra alternativa, sin elección posible.

Prepara el paquete con los máximos cuidados (de forma similar a como se ha descrito en el apartado anterior dedicado al desistimiento, si ello es posible). Si conservas los embalajes originales, úsalos. Aunque el fallo sea de una sola pieza, devuelve todo el conjunto, incluyendo los accesorios y documentos recibidos con el producto. Envía el paquete a "portes debidos": los gastos de transporte serán pagados por el vendedor, cuando reciba el paquete. El vendedor deberá proceder, según le hayas pedido, a sustituir el producto defectuoso por otro que sea perfecto (idéntico pero sin fallo), o a la reparación (a ti no debe preocuparte si el vendedor lo repara directamente, o lo envía a un taller, o quizá a la fábrica; solo debe preocuparte que te lo devuelvan reparado correctamente, y en un plazo razonable). La ley le obliga a resolverte el problema "con la menor demora posible" (aunque no especifica plazos concretos) y sin que eso te ocasione ningún coste adicional.

Sin embargo, puede ocurrir que este primer intento no resuelva el problema: el defecto persiste, o te encuentras con otro fallo de calidad, distinto al anterior. También puede ocurrir que las dos opciones iniciales sean prácticamente inviables. Por ejemplo, puede que el producto tenga un fallo de diseño, cuya reparación es imposible, y que ese fallo esté en todos los productos de ese tipo. En cualquiera de estos supuestos tendrás que acogerte a una de las dos alternativas siguientes: si el defecto es de poca importancia, puedes solicitar una rebaja en el precio pactado inicialmente, puesto que ese precio era para un producto "perfecto". Si el fallo es de mayor importancia, entonces tienes derecho a solicitar la cancelación de la compra: devuelves el producto y solicitas que se te devuelva todo lo que has pagado (portes incluidos).

En realidad también te quedan otras dos alternativas, independientes de la garantía: la primera es el desistimiento comentado antes. La segunda es tratar de llegar a un pacto con el vendedor, para que te cambie el producto por otro de distinta marca o tipo, en la esperanza de que eso satisfaga plenamente a ambas partes.

Todo lo dicho sobre garantía es válido para cualquier producto, dentro de los 6 primeros meses tras la recepción. En ese plazo, la ley supone que cualquier defecto es -en principio- responsabilidad del vendedor. Sin embargo, el vendedor tal vez pueda demostrar que el comprador ha hecho un mal uso del producto, o que lo ha usado sin atender a las indicaciones de "instalación y puesta en marcha"; en ese caso, el vendedor puede rechazar las reclamaciones del comprador.

Transcurridos esos 6 meses, la ley cambia las tornas. Existe una "garantía extendida" que es aplicable hasta los 2 años, siempre que el comprador pueda demostrar positivamente que el defecto es de origen. Si el comprador no es capaz de aportar esas pruebas, la ley entiende que el fallo es debido al uso, y por lo tanto es responsabilidad del comprador.

¿Qué pasa si el defecto es detectado después de los 6 meses iniciales, sin posibilidad de demostrar que el fallo es de origen? Y más: ¿Qué sucede si el defecto es descubierto cuando ya han transcurrido los 2 años de la "garantía extendida"? En esos casos el comprador ha perdido toda la protección específica de la ley. Ya no hay garantía legal. Pero muchos productos tienen una garantía comercial que rebasa esos plazos, garantía normalmente avalada por el fabricante. Efectivamente, en esos casos podremos acogernos a esa garantía comercial, pero siempre ateniéndonos a las condiciones de dicha garantía legal: quizá tengas que enviar el producto al fabricante, pagando los portes, o puede que haya otras limitaciones.

¿Qué hacer si parece que durante el transporte fue estropeado el producto (o el paquete ya se ve maltratado)?

Mi consejo inicial es el siguiente: si el paquete ya muestra exteriormente indicios de maltrato (golpeado, deformado, mojado, sucio, etc)... ni lo recojas; no admitas ese paquete, recházalo. Ponte en contacto con el vendedor, explícale el problema y dile que te envíe otro paquete correcto.

Piensa que el transportista es elegido por el vendedor. Por lo tanto, su servicio es una especie de "subcontrata" del propio vendedor. Tú no tienes por qué asumir ningún fallo del transportista, y menos aún pagar dinero adicional por esos problemas. En todo caso, el transporte es una responsabilidad del vendedor. Si ves que hay problemas relacionados con el transporte no debes reclamar directamente al transportista, sino al vendedor.

Si ya has recogido el producto, también te recomiendo que, antes de abrirlo, le comentes el suceso al vendedor y le pidas instrucciones. Pero el hecho de que recepciones o abras el paquete no va a menguar tus derechos: Sigues teniendo derecho al desistimiento y también a exigir que el producto sea correcto (según se ha explicado anteriormente). Si los daños solo son del embalaje y el producto está correcto, pues tampoco merece la pena darle importancia a ese incidente.

¿Qué hacer si recibes un producto distinto al solicitado?

Quizá fuiste tú quien se equivocó al hacer la compra. Quizá fue el vendedor, que te ha enviado un artículo distinto al que habías pedido. Quizá el error haya sido del transportista, que te entregó un paquete dirigido a otra persona.

Comprueba los datos del paquete. Comprueba la factura. Comprueba la copia que debes tener (según se ha dicho antes) de la página web en la que confirmaste la compra. Tras todo eso ya sabes dónde está el fallo.

Si el fallo es del vendedor o del transportista, exígele al vendedor que lo resuelva. Y ya sabes que no tienes que pagar nada adicional porque tú no eres responsable del problema.

Si el error ha sido tuyo, acógete al derecho de desistimiento. Luego, si quieres haces otra compra del producto que realmente necesitas.

¿Qué hacer si recibes el producto solicitado, pero sus características son distintas a las anunciadas?

La ley establece que "el vendedor de los bienes responderá de la falta de conformidad de los mismos con el contrato de compraventa". Para mayor claridad, la ley también dice que la publicidad forma parte del contrato.

Revisa la hoja impresa que guardaste con las características del producto, según estaba ofertado en el web. Si el producto recibido no responde a aquellas características, tienes derecho a solicitar la cancelación de la compra, recuperando todo tu dinero. También puedes pactar con el vendedor la sustitución de ese producto por otro que sí te sirva, si quieres.

¿Qué hacer si al producto le falta algún componente o complemento? Revisa la hoja impresa que guardaste con las características del producto, según estaba ofertado en el web. Si el producto estaba ofertado con ese elemento que echas en falta, tienes derecho a reclamación. Pero si la oferta no mencionaba ese elemento, entonces es probable que no puedas reclamar por su ausencia.

Por ejemplo, puede que hayas comprado una impresora y eches en falta el cable necesario para conectarla al ordenador. Ese cable también puede comprarse independientemente. Por lo tanto, el vendedor puede no incluirlo, para ofertar un precio más ajustado. Si estás en un caso de este tipo, y crees que el vendedor te ha engañado (o que no te merece la pena aceptar una compra con esa carencia), ya sabes el camino que te toca: desistimiento (o hablar con el vendedor y advertirle que vas a ejercer este derecho, si no te suministra el elemento que echas en falta).

Ahora bien, si la oferta especificaba que la impresora se suministra con el cable, entonces tienes derecho a exigirlo, sin pagar ningún extra por la obtención de ese complemento.

La falta algún elemento prometido es considerada como un defecto, un fallo de calidad. Por lo tanto te conviene saber que siempre puedes acogerte a la garantía legal. Sin embargo, yo te recomendaría que primero comentases el problema al vendedor. Quizá él pueda subsanar esa carencia enviándote el elemento en cuestión.

¿Qué hacer si el producto tiene una documentación insuficiente o inadecuada?

Dependiendo del producto, puede ser que necesites un manual de usuario, guía de instalación, tabla de características técnicas y/o otros documentos específicos para poder usar adecuadamente el producto. Según los casos, también debes recibir la garantía del fabricante, la licencia de uso, la información sobre el servicio técnico y/o otros documentos de ese fabricante.

Tienes derecho a esos documentos (dependiendo del producto), y en un idioma comprensible (al menos tiene que estar en español o en el otro idioma oficial de la comunidad autónoma, si es el caso); puedes rechazar documentos que estén en inglés o en otros idiomas.

La ausencia de algún documento necesario (y en el idioma adecuado) también puede ser considerada como un fallo de calidad. Y esto puede ser independiente de que la oferta prometiese ese documento, u omitiese la referencia a él. En caso de duda, coméntale el problema al vendedor. Y recuerda que siempre tienes derecho al desistimiento.

¿Qué hacer si el producto se estropeó durante su instalación o su puesta en funcionamiento?

Si el producto requiere algunas maniobras especiales para su instalación o puesta en marcha, debes haber recibido el documento correspondiente, explicando cómo hacer esa operación de forma correcta. Si has seguido correctamente esas explicaciones, que tal vez fueran incorrectas, y el producto se estropeó, entonces tienes derecho a considerar el fallo como un defecto de calidad imputable al vendedor.

Si no había manual de instalación o puesta en marcha, y la falta de esas indicaciones ha provocado que el producto se estropee, también es un fallo de calidad imputable al vendedor.

La responsabilidad del fabricante y del distribuidor.

La ley establece que "el productor o, en su defecto, el importador garantizará la existencia de un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero que fabrica o importa, así como el suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de cinco años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse.

Además, las reclamaciones que normalmente se exigen al vendedor respecto a calidad del producto también pueden dirigirse al fabricante (o distribuidor) en el caso de que sea imposible (o muy complicado) reclamar al vendedor.

Por ejemplo, si la empresa vendedora ha dejado de existir, puedes reclamar al fabricante o al distribuidor. En el caso de que este fabricante o distribuidor sea español, la ley de garantías le obliga a responder igual que obligaría al vendedor.

¿Qué hacer si necesitas el producto y no hay ningún vendedor español que lo ofrezca?

Trata de comprar solo a empresas de reconocido prestigio y que tengan años de experiencia en la venta a través del web. Hay muchas que funcionan de forma fantástica, con una política totalmente correcta y con clientes muy satisfechos.

Léete cuidadosamente las condiciones de venta y haz la compra solo si esas condiciones te parecen razonables.

Recuerda que en estos casos te va a ser imposible ejercer ningún tipo de reclamación legal. En caso de duda, usa un buscador de Internet para localizar páginas que hablen de esa empresa. Si te encuentras comentarios negativos de otros internautas, abandona a ese vendedor.

Otros productos especiales, y servicios.

Aunque pueda parecer sorprendente, todo lo dicho es aplicable a la compra de un lapicero o un automóvil. Sin embargo, es lógico que algunos productos muy especiales tengan una regulación específica. En mucho o en poco, estos artículos especiales se salen de lo que se ha expuesto.

Por ejemplo, el derecho de desistimiento no es aplicable a productos con precio de mercado muy fluctuante, o preparados especialmente para el comprador, o prensa y revistas, u otros productos de alta caducidad. Aunque la ley no lo menciona, creo que también debemos aceptar esa misma limitación para otros productos muy "personales": ropa interior, productos de aseo, higiene íntima, etc. Como caso singular no excluido, cabe mencionar algunos productos que se venden con derecho a instalación. Se entenderá mejor con un ejemplo: supongamos que compras un calentador de agua, y el vendedor se compromete a hacer la instalación de ese aparato (ya sea gratuitamente o por un coste suplementario). En dichos casos, la instalación podría cancelar el derecho de desistimiento, pero dicha instalación queda igualmente cubierta por la garantía legal, según se ha explicado.

Además, hay una serie de productos muy especiales que quedan fuera de la ley de garantías, porque no son "bienes de consumo". Como ejemplos pueden servir los bienes inmuebles o los productos alimenticios. Los suministros (agua, electricidad, gas ciudad) y los servicios (servicios telefónicos, acceso a Internet, etc) también tienen una regulación especial.

Aparte de lo anterior, hay otros productos que tienen una limitación peculiar. Se trata de aquellos productos fácilmente "pirateables" (reproducibles), como software, discos de música, DVDs, cintas de vídeo, etc. Como ejemplo vamos a usar el caso del software, pero téngase en cuenta que todo lo que sigue también es aplicable a esos otros productos indicados.

Cualquiera podría comprar un software, obtener un duplicado del disco, y tratar luego de ejercer el derecho de desistimiento. Evidentemente esto sería un fraude, y además es demasiado sencillo de realizar. Por ese motivo, pierdes el derecho de desistimiento en el momento en que has tenido acceso a dicho disco.

Puede ocurrir que el disco venga con una protección especial: al abrir el paquete tienes acceso a los documentos (manuales, garantías, licencia, etc) y también tienes acceso a un sobre precintado que contiene el disco. Si no has roto ese precinto todavía puedes ejercer el desistimiento, porque es imposible generar una copia.

Ahora bien, puede ocurrir que el disco venga en un sobre sin precintar. En ese caso solo podrás ejercer el desistimiento si puedes demostrar que no has abierto el paquete (ese paquete conserva sus precintos de fábrica, en el exterior).

Puesto que no tienes forma de saber (previamente) si el sobre interno tiene precintos, te conviene meditar la posibilidad del desistimiento antes de lanzarte a abrir el paquete externo; es muy posible que luego ya pierdas ese derecho.

Conclusiones y reflexiones finales.

En España tenemos una legislación bastante buena que trata de proteger a los compradores, y muy especialmente a los internautas consumidores.

Sin embargo, la mayoría de internautas desconoce totalmente sus derechos, y se resigna fácilmente a soportar los abusos, aún cuando existan vías legales para impedir esos abusos. Los compradores descontentos se suelen limitar a ejercer el victimismo -quejándose- sin hacer nada eficaz para solucionar el problema.

Sin duda, los vendedores son conscientes de todo eso, y muchos aprovechan este ambiente para seguir abusando de los compradores. Internet es un medio en el que pululan fácilmente los empresarios poco honestos, por decirlo usando una expresión suave. Físicamente nunca tienen que dar la cara.

Pero tampoco te creas que todos los vendedores de Internet son unos sinvergüenzas, porque eso dista mucho de la verdad. Hay empresas que funcionan realmente bien, y se esfuerzan muchísimo por cumplir la ley y por satisfacer a sus clientes. Por otro lado, las tiendas de la calle tampoco son perfectas, ni mucho menos. Son pocas las que soportarían con éxito una auditoría completa sobre sus métodos y políticas de atención al cliente.

En los últimos días he visitado un puñado de tiendas web, mirando cómo exponen sus ofertas y leyendo las condiciones de compra. Aunque no haya sido un estudio riguroso ni "científico", me ha sorprendido un hecho: NINGUNO de los sitios web que he mirado cumple la legislación. Todos fallan, en mayor o menor medida. En algunos casos, esos fallos son carencias informativas poco trascendentes, según mi opinión. Abundan más los casos de sitios que tienen condiciones de venta manifiestamente ilegales (contrarias a la ley). Yo jamás compraría en un sitio de este tipo.

Concluyendo, yo no recomiendo las compras a través de Internet, salvo en casos muy favorables. Y si tienes problemas, recurre a los organismos que se detallan a continuación.

Apéndice 1. Entidades para la defensa de los compradores.

Oficinas municipales de información al consumidor (OMIC)

http://www.consumo-inc.es/directorio/interior/omic/omic.htm

Dirección general de consumo en las Comunidades Autónomas

http://www.consumo-inc.es/directorio/interior/dgc/dgc.htm

Juntas arbitrales de consumo

http://www.consumo-inc.es/directorio/interior/dgc/dgc.htm

Asociaciones de consumidores y usuarios

http://www.consumo-inc.es/directorio/interior/adc/asc.htm

Defensor del internauta

http://www.internautas.org/defensor.php

Asociación de internautas

http://www.internautas.org

Apéndice 2. Referencias legislativas, bibliografía y enlaces de interés.

Guía del consumidor. Cómo reclamar. Denuncias. Reclamaciones (Instituto Nacional de Consumo)

http://www.consumo-inc.es/guiacons/interior/otrosdocumentos/denunrecl/den_recl.htm

Ley 23/2003, de 10 de julio, de garantías en la venta de bienes de consumo

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L23-03.htm

Directiva europea 1999/44/CE, sobre la venta y la garantía de los bienes de consumo

http://civil.udg.es/epclp/texts/es/99-44.htm

Folleto sobre garantías en la venta de bienes de consumo (formato PDF)

http://www.consumo-inc.es/PUBLICAC/INTERIOR/NOPERIOD/FOLLETOS/FRAME/PDF/garantias.pdf

Resumen de la Ley de garantías en la venta de bienes de consumo

http://www.consumo-inc.es/revista/NAnteriores/N_8/secciones/legislacion/garantias.htm

Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L7-96.htm

Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley de ordenación del comercio minorista, para la transposición de la directiva 97/7/CE y otras

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L47-02.htm

Directiva europea 97/7/CE, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia

http://www.agenciatributaria.es/normlegi/ecomercio/dir97_7ce.htm

Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (también llamada ley LSSI/LSSICE)

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/LSSI.htm

Directiva europea 2000/31/CE, relativa a la sociedad de la información y el comercio electrónico en el mercado interior.

http://www.setsi.mcyt.es/legisla/comunita/L178.pdf

Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L32-03.htm

Ley 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lgdcu.html

Guía del consumidor (Instituto Nacional de Consumo)

http://www.consumo-inc.es/guiacons/guia.htm

Arbitraje (información del Instituto Nacional de Consumo)

http://www.consumo-inc.es/arbitraje/arbitraje.htm

Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lcgc.htm

Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/persona/PF/Lo15-99.htm

Legislación sobre hojas de reclamaciones, por Comunidades Autónomas

http://www.consumo-inc.es/guiacons/interior/otrosdocumentos/hojarecl/Hojarecla.htm

Instituto Nacional de Consumo

http://www.consumo-inc.es

Agencia española de protección de datos

https://www.agpd.es

Apéndice 3. Sobre este documento y su autor.

Este documento supone un esfuerzo personal para clarificar los derechos de los internautas españoles. Sin embargo, no debe considerarse como infalible. No soy jurista ni asumo responsabilidad (de ningún tipo) sobre el texto o sobre las consecuencias de su aplicación a casos concretos. Se ofrece solamente como orientación, y se añaden abundantes enlaces para que los interesados puedan hacer sus propias comprobaciones. Quien necesite obtener información más avalada, hará bien en contratar los servicios de un abogado.

No me siento obligado a mantener actualizado este documento. Creo que no voy a estar pendiente de las futuras modificaciones legislativas que podrían cambiar las cosas aquí comentadas. Sin embargo, me reservo el derecho a introducir variaciones en este texto, quizá como consecuencia de las sugerencias y comentarios que otras personas quieran hacerme.

Artículo con enlaces relacionados en Antonio Caravantes
http://www.internautas.org/article.php?sid=1709